Somos sus abogados de bancarrota

en Los Ángeles

Abogado de bancarrota en Los Ángeles

Logre su sueño americano: (213) 297-2110


Razones para elegirnos:

Consultas gratuitas

Respaldado por más de 35 años de experiencia

Miles de casos manejados

Atención personalizada

Luchamos para ganar

¿Está enfrentándose a dificultades financieras?

¿Tiene acreedores que le llaman repetidamente y amenazándolo si no paga?

¿Se pregunta qué le depara el futuro a usted y a su familia? Si es así, contacte al Sr. Haddad, abogado de bancarrota del capítulo 7 tan pronto como sea posible. Durante las últimas cuatro décadas, nuestro bufete de abogados de bancarrota ha ayudado a miles de personas a declararse en bancarrota bajo el capítulo 7 para obtener ayuda financiera.

La elección del abogado de bancarrota es la clave para su éxito y su paz mental. A diferencia de otras firmas de abogados, nosotros sentimos empatía hacia nuestros clientes y entendemos sus desafíos financieros.

Cuando se registra con nosotros, no es solo un número de caso, usted se convierte en un miembro de nuestra familia. Lo trataremos con el cuidado, la compasión y el respeto que usted merece.  Utilizaremos y agotaremos nuestros recursos para que logre el resultado más favorable en su caso.

Debido a que la ley de bancarrota puede ser un área tan difícil de comprender, nuestra firma de abogados de bancarrota de Los Ángeles entiende que usted necesitará ser guiado en cada paso del camino para asegurar que obtenga el resultado que merece.

Nuestras áreas de práctica

El Abogado Henry Haddad tiene una amplia experiencia en lo que se refiere al capítulo 7 de la ley de Bancarrota. Su caso se trabajará rápidamente para que empiece a experimentar un alivio.

Debido a la naturaleza seria y delicada de su situación financiera, le aconsejamos encarecidamente que programe su consulta gratuita para determinar si el capítulo 7 de bancarrota es adecuado para usted. Nuestro abogado trabajará para asegurar que su voz sea escuchada en la corte y luchará incansablemente para ayudarle a avanzar en sus derechos. Nuestro abogado principal trabajará personalmente con usted en cada paso del camino. Desde la consulta inicial de su caso hasta la resolución del mismo, le ofreceremos las soluciones legales personalizadas y la atención personalizada que usted se merece.

El abogado de bancarrota del capítulo 7, el Sr. Haddad, puede ayudarle con cualquiera de los siguientes asuntos:

1. Usted fue despedido debido al cierre por Coronavirus.

2. Perdió su trabajo o una oportunidad de negocio.

3. Estuvo enfermo, incapacitado u hospitalizado aunque sea por poco tiempo.

4. Las facturas médicas y del hospital están por las nubes.

5. Está trabajando, pero sus deudas siguen acumulándose

6. Los intereses de las tarjetas de crédito son ridículamente altos y lo están matando

7. Sus pagos mensuales lo abruman

8. No puede frenar sus hábitos de gasto ni dejar de sentir la emoción de recibir paquetes

9. Ha probado compañías de consolidación de deudas pero son una estafa

10. Quiere pagar sus deudas pero ¿por qué sacrificarse durante 3 años o más?

11. Cuidar de las necesidades de su familia es lo primero.

12. No sabe cómo ha llegado a estar financieramente al revés

13. Trataba de mantenerse al nivel de otras personas, pero ellos siguieron adelante.

14. Está estresado la mayor parte del tiempo.

15. Su vida se ha complicado con todas sus posesiones.

16. Quiere una forma más simple de vivir y de disfrutar la vida.

17. Perdió la noción de sus prioridades en la vida y quiere sonreír más a menudo.

18. ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– (su razón).

19. No hay otra salida y quiere empezar de nuevo.

3 Razones para contratar un abogado de bancarrota del capítulo 7

 

  1. Los acreedores y las agencias de cobro le llaman a horas inapropiadas.
  2. Las demandas han sido amenazas que han presentado en su contra
  3. Ya ha tenido suficiente tratando de lidiar con ellos por su cuenta?

Bancarrota en pocas palabras:

  1. Identifique el tipo de deuda que tiene como “Asegurada” o “No asegurada”.

a) Deudas garantizadas: Estas generalmente son préstamos para automóviles, préstamos para casas o hipotecas, préstamos garantizados por un bien (colateral) o sentencias en su contra en las que el acreedor está tratando de embargar su salario, obtuvo una orden judicial y congeló su cuenta bancaria, o presentó un resumen y ahora tiene un Derecho de Retención sobre su casa o propiedad.

b) Deudas no garantizadas: Generalmente son cargos de tarjetas de crédito, facturas médicas o de hospital, impuestos estatales o federales que se deben por más de 3 años.

* [Los préstamos estudiantiles, apoyo familiar, multas de la corte, y obligaciones tributarias recientes no se cancelan.]

** [Los cargos a tarjetas de crédito o préstamos obtenidos dentro de los 90 días antes de declararse en bancarrota no se liquidan, así que no se vuelva loco y maximice sus tarjetas de crédito o retírelas.]

*** [Las transferencias realizadas dentro de cuatro años que no fueron por valor (no se vendieron de manera normal) o las transferencias para ocultar los bienes de los acreedores no son liquidadas. Un ejemplo común es dejar de reclamar su casa a su hermano, hermana o amigo para ocultarlo de un acreedor.]

 

  1. Identifique sus activos:

(a) ¿Es dueño de una casa en la cual el patrimonio neto es más de $ 75,000 para un individuo,

$ 100,000 para una pareja casada, $ 175,000 para personas mayores o discapacitadas? Si lo hace entonces:

(i) quizás no deba presentar el capítulo 7, pero  si, un capítulo 13 puede funcionar para usted.
(ii) averigüe cuál es su capital y acepte el hecho de que es posible que necesitemos negociar un monto de pago con el Fiduciario.
(iii) venda su casa y pague a sus acreedores.
(iv) venda su casa y haga que los acreedores lo persigan.

(b) Si tiene su propio negocio y desea continuar operando, entonces, en algunas circunstancias, puede continuar haciéndolo (contadores, operarios, consultores, son un ejemplo, la lista es amplia) pero si su negocio tiene inventario, equipo u otros activos valiosos, como cuentas por cobrar, lista de clientes, etc., entonces debe considerar otra ruta a tomar para liberarse de sus obligaciones de deuda.

(c) Si tiene una cuenta de ahorros, una cuenta de inversión que no sea una cuenta de jubilación o un plan 401K, activos valiosos, como una colección de arte u oro, es posible que tenga que darlos o elegir otra ruta.

  1. Identifique sus ganancias:

Esto es fácil. ¿Cuál es su salario? ¿Cuánto dinero ha ganado durante los últimos 12 meses? Hay una cantidad límite que no se puede exceder para ser elegible para solicitar el Capítulo 7 de alivio de Bancarrota. Obviamente, es diferente para un individuo, parejas casadas y / o individuos o parejas casadas con hijos y dependientes. Generalmente, para un individuo, la cantidad es $ __________.

¡Póngase en contacto con nosotros hoy!

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Tel: 213-238-6406
Fax: 213-389-4715.

 

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